Si ya tienes la formación y las primeras clientas, el siguiente paso es trabajar de forma legal. Darse de alta como autónoma no es complicado, pero conviene saber qué trámites hay, en qué orden y qué cambia según trabajes a domicilio, en una cabina alquilada o en tu propio local.
Importante: esta guía es orientativa y no es asesoramiento legal ni fiscal. Los requisitos cambian con el tiempo y dependen de tu comunidad autónoma y tu ayuntamiento. Antes de dar el paso, confírmalo con una gestoría, con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria, o en el punto de atención al emprendedor de tu zona.
Antes de nada: decide cómo vas a trabajar
No es lo mismo trabajar a domicilio que alquilar una cabina en un salón o abrir tu propio local. El alta en Hacienda y en la Seguridad Social es parecida en los tres casos, pero los permisos municipales y sanitarios cambian mucho. Tenerlo claro antes te ahorra trámites repetidos.
Paso 1: alta en Hacienda
La declaración censal de inicio de actividad se hace con el modelo 036, antes de empezar a trabajar. (El antiguo modelo 037, la versión simplificada, se eliminó en 2025, así que si ves guías que lo mencionan, están desactualizadas.)
En esa declaración eliges el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Para servicios de manicura y estética lo habitual es el epígrafe 972.2, «Salones e institutos de belleza». También indicas el régimen de IVA e IRPF y la dirección donde desarrollas la actividad. Una gestoría puede ayudarte a elegir bien estas opciones, que tienen efecto en lo que pagarás.
Paso 2: alta en la Seguridad Social (RETA)
El alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos se hace a través de la sede electrónica de la Seguridad Social (Import@ss), normalmente justo antes de empezar la actividad. Desde 2023 la cuota se calcula según tus rendimientos netos previstos, y existen cuotas reducidas para nuevas altas (la conocida como tarifa plana). Consulta los importes y condiciones vigentes en la propia Seguridad Social, porque se actualizan.
Paso 3: permisos según dónde trabajes
Local propio. Necesitarás la licencia de actividad o la declaración responsable que exija tu ayuntamiento, y cumplir los requisitos técnicos del local. En muchas comunidades los centros de estética tienen además requisitos sanitarios específicos (esterilización del instrumental, lavamanos, gestión de residuos, registros). Pregunta en tu ayuntamiento y en la consejería de sanidad antes de firmar un alquiler.
Cabina alquilada en un salón. Normalmente el local ya tiene su licencia, pero tú te das de alta como autónoma y facturas tus servicios. Deja por escrito las condiciones del alquiler.
A domicilio. Suele simplificar los permisos del local, pero no te exime del alta ni de trabajar con un protocolo de higiene riguroso. Si atiendes clientas en tu propia casa, pregunta en tu ayuntamiento, porque muchas normativas no lo tratan igual que ir a casa de la clienta.
Paso 4: lo que no es obligatorio pero te protege
Un seguro de responsabilidad civil profesional, un sistema de facturación ordenado desde el primer día, fichas de clienta (con el consentimiento para tratar sus datos, según la normativa de protección de datos) y un calendario con los pagos trimestrales de IVA e IRPF. Son cosas que evitan muchos disgustos.
¿Hace falta un título para darte de alta?
Para el alta en Hacienda y Seguridad Social, no se pide un título concreto. Otra cosa es lo que puedan exigir tu comunidad o tu ayuntamiento para abrir un centro, o lo que te pida un seguro. En cualquier caso, una formación sólida en técnica e higiene es lo que te va a permitir trabajar con seguridad y cobrar lo que vale tu trabajo. Tienes más en cómo hacerte manicurista profesional.
Preguntas frecuentes
¿Puedo trabajar unos meses sin alta para probar?
Si trabajas de forma habitual cobrando por tus servicios, lo que corresponde es darte de alta. Hacerlo sin alta te expone a sanciones y te deja sin cobertura.
¿Qué epígrafe del IAE corresponde a una manicurista?
Lo habitual es el 972.2, «Salones e institutos de belleza». Confírmalo con tu gestoría según los servicios exactos que vas a ofrecer.
¿Tengo que cobrar IVA?
Los servicios de manicura, en general, llevan IVA. El tipo y el régimen concreto conviene revisarlo con tu gestoría al darte de alta.
Cuando tengas los trámites en marcha, te ayudará saber cuánto cobrar por tus servicios y qué material necesitas.
Sobre la autora
Esmeralda María García
Esmeralda María García es formadora experta de Magnetic Nail Design, con más de 10 años de experiencia formando a profesionales de la uña. Está al frente de la formación técnica de MagaNails Academy, donde enseña a manicuristas de toda España a dominar cada sistema de construcción -Acrílico, Polygel, Rubber Base y Builder Gel- con criterio profesional y resultados duraderos. En este blog traslada ese mismo conocimiento técnico y ese rigor formativo, para ayudarte a elegir y dominar el sistema adecuado en cada caso.
